Remica
Madrid · C. Gamonal
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Servicio
Una comunidad de vecinos puede instalar placas solares en la cubierta y repartir la energía entre los pisos que participen. Es lo que la normativa llama autoconsumo colectivo. En el directorio de Radar Solar, 443 empresas indican que trabajan con comunidades de vecinos. Aquí resumimos cómo funciona el reparto, qué mayoría hace falta en la junta y qué trámites lleva.
El Real Decreto 244/2019 define el autoconsumo colectivo como el de varios consumidores que, de forma acordada, se abastecen de una misma instalación de producción cercana. En un edificio, lo habitual es una instalación en la cubierta común conectada a la red interior o a la red de distribución.
Cada vecino conserva su propio contrato de luz y su comercializadora. Lo que cambia es que, en su factura, una parte de la energía que consume se cubre con la producción de las placas según el reparto pactado.
Las zonas comunes (ascensor, alumbrado, bombas de agua) también pueden participar como un consumidor más con su propio suministro.
Todos los participantes asociados a la misma instalación deben entregar a la distribuidora un mismo acuerdo firmado con los criterios de reparto. El anexo I del real decreto fija las reglas:
El artículo 17.1 de la Ley de Propiedad Horizontal recoge que la instalación de sistemas comunes o privativos de aprovechamiento de energías renovables puede aprobarse, a petición de cualquier propietario, por un tercio de los integrantes de la comunidad que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación.
La misma ley protege a quien no está de acuerdo:
Conviene que el acta recoja quién participa, cómo se financia, quién mantiene la instalación y cómo se reparte la energía.
El reparto de energía se puede combinar con las modalidades generales de autoconsumo:
Proyecto y presupuesto
el instalador revisa la cubierta, las sombras y los consumos de los participantes.
Acuerdo en junta
votación según el artículo 17.1 y firma del acuerdo de reparto por los participantes.
Instalación y legalización
certificado de la instalación eléctrica y, si la potencia lo exige, permisos de acceso y conexión.
Comunicación a la distribuidora
se envía el acuerdo de reparto firmado por todos.
Registro de autoconsumo
en baja tensión y con menos de 100 kW, la comunidad autónoma lo inscribe de oficio.
Algunos datos útiles del real decreto: la compensación simplificada de excedentes solo se aplica si la potencia total de producción no supera los 100 kW. Las instalaciones con excedentes de 15 kW o menos en suelo urbanizado están exentas de permisos de acceso y conexión, igual que las instalaciones sin excedentes. En la modalidad sin excedentes es obligatorio un mecanismo antivertido.
De las 443 empresas que trabajan con comunidades, 228 indican que tramitan subvenciones. Están en 109 ciudades del directorio. Estas son las páginas de ciudad abiertas para este servicio:
Las ayudas cambian por comunidad autónoma; las resumimos en subvenciones para placas solares. Si un vecino quiere además guardar energía para la noche, mira la guía de baterías solares. Para costes orientativos de la instalación, consulta el precio de las placas solares.
No. La instalación puede aprobarse con la mayoría de un tercio y participar solo quien quiera. Los que no votaron a favor no pagan, y pueden unirse más tarde abonando su parte con el interés legal.
No. Cada participante mantiene su contrato de suministro. La distribuidora aplica el coeficiente de reparto y la comercializadora refleja en la factura la energía autoconsumida y, si procede, la compensación de excedentes.
Sí. Los coeficientes se pueden modificar con un nuevo acuerdo firmado por los participantes, pero no más a menudo que cada cuatro meses.
Lo decide la junta en el acuerdo. Lo habitual es que lo paguen los participantes en proporción a su parte, y que se fije por escrito con el instalador qué incluye el mantenimiento.
Empresas que lo ofrecen por ciudad
Con página propia de comunidades de vecinos en la ciudad. El resto enlaza a todas las empresas de la ciudad.
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Madrid · C. Gamonal
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Gandía · Avinguda de Villalonga
5,0712 reseñasValoración 5,0 de 5 en Google
Getafe · C. de Casto Loarce
4,41.322 reseñasValoración 4,4 de 5 en Google
Illescas · Calle Concepción Escobar
4,6830 reseñasValoración 4,6 de 5 en Google
Oviedo · C. Victor Hevia
4,8445 reseñasValoración 4,8 de 5 en Google
Granada · Av. Cristóbal Colón
4,8403 reseñasValoración 4,8 de 5 en Google
Valladolid · C. Hostieros
4,8369 reseñasValoración 4,8 de 5 en Google
Plasencia · nº37
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Mataró · Av. Ernest LLuch
4,9310 reseñasValoración 4,9 de 5 en Google
15 de estas empresas publican un precio «desde» para la instalación: de 1.590 € a 30.000 €, mediana 4.445 €. Ver precios