Guía

Compensación de excedentes: qué es y cómo se descuenta en la factura

Unas placas solares producen sobre todo a mediodía, y no siempre estás en casa para gastar esa energía. Lo que no consumes en el momento sale a la red: son los excedentes. La compensación de excedentes es el mecanismo que convierte esa energía vertida en un descuento en tu factura de la luz.

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Está regulada por el Real Decreto 244/2019, que fija las modalidades de autoconsumo y las reglas del cálculo. En esta guía explicamos esas reglas, por qué el kWh que viertes vale menos que el que compras y qué conviene preguntar antes de firmar una tarifa.

Las modalidades de autoconsumo del RD 244/2019

El artículo 4 del real decreto clasifica las instalaciones según qué pasa con la energía que sobra.

Modalidades de autoconsumo
Modalidad Qué pasa con lo que sobra Para quién encaja
Sin excedentes Un sistema antivertido impide que salga energía a la red Consumo diurno alto y estable; trámites más simples
Con excedentes acogida a compensación La energía vertida se descuenta en la factura La opción habitual en viviendas
Con excedentes no acogida a compensación La energía se vende en el mercado como productor Instalaciones que no cumplen los requisitos o que eligen vender

Para acogerte a la compensación, la ley exige que la fuente sea renovable, que la potencia total de producción no supere 100 kW, que firmes un contrato de compensación de excedentes y que la instalación no cobre un régimen retributivo específico. Una vivienda con placas en el tejado suele cumplirlos.

Cómo se calcula la compensación en la factura

El mecanismo, que el real decreto llama «compensación simplificada», es un saldo en euros dentro de cada periodo de facturación. Funciona así:

  1. Energía consumida de la red

    el contador registra, hora a hora, lo que tomas de la red y se valora a su precio.

  2. Energía excedentaria

    el contador registra lo que viertes y se valora al precio de compensación.

  3. Descuento

    el valor de los excedentes se resta del valor de la energía consumida, con el límite de ese mismo valor.

  4. Impuestos

    sobre la cantidad resultante se aplican después los impuestos.

Un ejemplo con cifras redondas

Usamos precios inventados y redondos solo para ver el mecanismo; no son precios de mercado. Supón que la energía de la red te cuesta 0,15 €/kWh y que te pagan los excedentes a 0,05 €/kWh.

  • Mes de primavera: consumes de la red 200 kWh (30 €) y viertes 250 kWh (12,5 €). El término de energía queda en 17,5 €.
  • Mes de verano con la casa vacía: consumes de la red 100 kWh (15 €) y viertes 400 kWh (20 €). Solo se compensan 15 €; los otros 5 € se pierden, salvo que tu comercializadora ofrezca un saldo acumulable.

La compensación se aplica a la parte de energía de la factura. Lo que pagas por la potencia contratada, el alquiler del contador y los impuestos no se compensa con el mecanismo regulado. Si quieres entender ese término fijo, lo explicamos en la guía de potencia contratada.

Por qué el kWh vertido vale menos que el comprado

Es la duda más común. El kWh que compras incluye el precio de la energía más los peajes de las redes y los cargos del sistema. El kWh que viertes solo se valora como energía. La OCU lo resume así: el precio de los excedentes siempre será menor que el de la energía consumida.

El precio depende de tu tipo de contrato:

  • Con PVPC (tarifa regulada, comercializadora de referencia): la energía consumida se valora al coste horario de energía del PVPC y los excedentes al precio medio horario del mercado diario e intradiario menos el coste de los desvíos. Red Eléctrica publica ese precio en su plataforma ESIOS.
  • Con una comercializadora del mercado libre: ambos precios son los que pactes en el contrato. Pueden ser fijos o indexados al mercado.

Por eso, para una vivienda con autoconsumo, cada kWh que consumes en el momento en que lo produces suele valer más que el que viertes. Dimensionar bien la instalación ayuda: lo vemos en cuántas placas solares necesito.

La batería virtual, explicada sin promesas

La batería virtual no aparece en el RD 244/2019. Es un producto comercial: la comercializadora guarda en un saldo en euros los excedentes que no se han podido compensar en un mes y los descuenta en facturas posteriores o, a veces, en otro suministro.

Puede encajar si

  • Tienes meses con mucho excedente y meses con mucho consumo, por ejemplo calefacción eléctrica en invierno.
  • La cuota del servicio es baja frente al saldo que esperas acumular.

Conviene mirar con lupa

  • Si tiene una cuota mensual y cuánto es.
  • Si el saldo caduca o se pierde al cambiar de comercializadora.
  • Qué conceptos descuenta: solo energía o también potencia y otros.
  • El precio al que valora tus excedentes y el de la energía que compras.

Una batería virtual no almacena energía física. Si lo que buscas es usar de noche lo que produces de día, la alternativa es una batería solar, con un coste y un rendimiento distintos.

Qué preguntar a tu comercializadora

Antes de firmar, pide por escrito las respuestas a estas preguntas:

  1. ¿A qué precio valoráis los excedentes? ¿Es fijo o indexado, y con qué fórmula?
  2. ¿A qué precio cobráis la energía que tomo de la red en cada periodo?
  3. ¿Qué conceptos de la factura se pueden compensar?
  4. ¿Qué pasa con el excedente que supera el consumo del mes?
  5. Si ofrecéis batería virtual: ¿tiene cuota, caduca el saldo, qué pasa si me cambio de compañía?
  6. ¿Hay permanencia o penalización por cambiar de tarifa?

El comparador de ofertas de la CNMC permite comparar precios de energía y potencia de distintas comercializadoras. La empresa instaladora suele tramitar el alta del autoconsumo con la distribuidora; confirma que el contrato de compensación queda activado tras la legalización.

Si estás buscando quién haga la instalación, en nuestro directorio puedes ver las empresas de Sevilla, Málaga o Zaragoza. Para costes y ayudas, consulta los precios de placas solares, las subvenciones disponibles y la deducción en el IRPF.

Preguntas frecuentes

¿Cómo funciona la compensación de excedentes?

Cada factura se valora la energía que tomas de la red y la que viertes. El valor de lo vertido se resta del valor de lo consumido, con el límite de ese mismo valor. Después se aplican los impuestos.

¿Me pueden pagar dinero por los excedentes?

Con la compensación simplificada, no: solo reducen el término de energía de la factura. Para cobrar por la energía hay que acogerse a la modalidad sin compensación y vender en el mercado como productor, con más trámites.

¿Qué pasa si vierto más de lo que consumo?

Lo que supere el valor de la energía consumida de la red en el periodo de facturación no se compensa. Algunas comercializadoras lo guardan como saldo (batería virtual), con sus propias condiciones.

¿Puedo tener compensación de excedentes con el PVPC?

Sí. En ese caso los excedentes se valoran al precio medio horario del mercado menos el coste de los desvíos, y Red Eléctrica publica ese precio en ESIOS.

¿La compensación es lo mismo que la batería virtual?

No. La compensación está regulada en el RD 244/2019 y se aplica en cada factura. La batería virtual es un servicio comercial opcional que guarda lo no compensado.

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